El Ayuntamiento convoca de nuevo las ayudas al transporte de personas con discapacidad

La convocatoria estará abierta hasta el próximo 5 de septiembre.

El Ayuntamiento de Valladolid ha aprobado una segunda convocatoria de ayudas de transporte para personas con movilidad reducida. Con esta resolución del Área de Servicios Sociales y Mediación Comunitaria se pueden beneficiar más personas puesto que quedan excluidas aquellas que obtuvieron la subvención a primeros de año.

 

En la primera convocatoria realizada en el mes de enero ya se beneficiaron de la ayuda 78 personas, destinando una cuantía de 26.000 euros. Estas ayudas responden a uno de los objetivos prioritarios de la Concejalía de Servicios Sociales y Mediación Comunitaria: “La apuesta por el establecimiento de medidas dirigidas a facilitar la autonomía a las personas con dependencia y/o discapacidad favoreciendo las relaciones con otras personas y su integración en el entorno”.

 

El Boletín Oficial de la Provincia ya ha publicado –BOP del 5 de agosto- un extracto de las bases de esta convocatoria, cuyo plazo para presentar solicitudes finaliza el 5 de septiembre de 2019.

 

El objetivo de esta línea de ayudas, dotada con 15.950 euros, es responder a las demandas de transporte por parte de las personas con movilidad reducida para facilitar su integración social mediante el uso de taxis con licencia municipal de autotaxis expedida por el Ayuntamiento de Valladolid.

 

Las ayudas van dirigidas a personas que, estando empadronadas en Valladolid, tengan reconocida movilidad reducida, no sean propietarias de vehículo, o teniéndolo estén imposibilitadas para la conducción y cumplan con los requisitos económicos especificados en las bases.

 

Los requisitos para beneficiarse se establecen en la propia convocatoria: tener la persona solicitante unos ingresos económicos mensuales inferiores a 1,5 veces el IPREM mensual (806,76 euros mensuales) y tener un capital mobiliario inferior a 1,5 veces el IPREM anual.

 

De los ingresos mensuales computables, se desgravará el 80% de IPREM en vigor (537,84 euros) por gastos de alquiler o amortización de la vivienda, cuando el/la titular del alquiler o hipoteca sea la persona solicitante o su cónyuge (si lo hubiera).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *